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La formación en la negociación colectiva

En esta breve nota prestamos atención a la publicación en el BOE del pasado 20 de junio del texto de la Resolución de 15 de junio de 2015, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el III Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva 2015, 2016 y 2017. 
Con independencia de que este Acuerdo será estudiado por AFEMCUAL con mayor profundidad, por su relevancia para orientar las políticas activas de empleo, se considera conveniente referir brevemente a las cuestiones planteadas en relación con la formación. 
El Acuerdo fue suscrito con fecha 8 de junio de 2015, de una parte, por la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) y la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (CEPYME) y de otra por las Confederaciones Sindicales de Comisiones Obreras (CC.OO) y de la Unión General de Trabajadores (UGT), supone la concreción de la negociación colectiva y el diálogo social en las políticas de empleo en España.
Teniendo en cuenta la importancia de acuerdos precedentes, AFEMCUAL ha prestado atención a las propuestas en materia de formación, mediante la definición de criterios y prioridades, entre las siguientes:
  • Desarrollo del derecho individual a la Formación establecido por la Ley 3/2012, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, incluido el régimen sancionador en caso de incumplimiento del trabajador. Facilitar la aplicación de los permisos individuales de formación recogidos en los acuerdos nacionales. Asistencia a las acciones formativas.
  • Necesidades formativas, iniciativas a desarrollar y colectivos prioritarios para mejorar su empleabilidad.
  • Impulso de instrumentos bipartitos sectoriales e intersectoriales en la definición de la formación. Elaborar un mapa sectorial (más simplificado y racional). Colaboración con los Centros de Referencia Nacional en el diseño y puesta en marcha de acciones innovadoras.
  • Desarrollo de la formación teórica en el contrato para la formación y el aprendizaje.
  • Derechos y obligaciones en relación con la formación.
  • Facilitar la aplicación de las bonificaciones y el derecho a la información de la representación legal de los trabajadores.
  • Evaluación de la formación, de su aprovechamiento e impacto.
  • Evaluación y desarrollo del reconocimiento y acreditación de la competencia profesional.
  • Orientación a los trabajadores y desarrollo de itinerarios formativos coherentes con las necesidades de empresas y trabajadores.
  • Referencias formativas en relación con la clasificación, movilidad, promoción y planificación de carreras.
  • Mejora de la calidad de las acciones formativas y de la eficiencia de los fondos destinados a formación.
  • Posibilidad de que la negociación sectorial de ámbito estatal establezca criterios y prioridades aplicables a la formación sectorial en todo el territorio nacional.
  • Atender al papel que pueden jugar las Entidades bipartitas que se establezcan en el nuevo modelo, especialmente en la identificación de necesidades, la fijación de prioridades formativas, o el seguimiento y evaluación de las políticas de formación.
El Acuerdo presta igualmente atención a los cambios en relación con los Observatorios sectoriales. A tal fin se señala:
  • El análisis de la competitividad y el empleo de la economía española en general, y en particular de los sectores concretos, debe permitir identificar los puntos fuertes, las debilidades, y las condiciones marco que deben mejorarse.
  • Los observatorios sectoriales, conformados a nivel estatal, por acuerdo de las organizaciones empresariales y sindicales del sector, son instrumentos adecuados para desarrollar ese trabajo y pueden contribuir a definir las medidas que permitan anticiparse a los cambios estructurales, en los sectores y en las empresas, analizando la situación del momento y las perspectivas futuras en materias tales como la posición de las empresas en el mercado, la competitividad internacional especialmente en el ámbito europeo, el desarrollo tecnológico, las cuestiones medioambientales, la evolución de la productividad, el mantenimiento y la creación de empleo, las necesidades formativas, la igualdad de oportunidades, etc., con especial atención a las pequeñas y medianas empresas.








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