Políticas activas de empleo y autónomos, economía social y sociedades laborales
AFEMCUAL valora de forma positiva la
presentación el pasado jueves 16, por el Ministerio de Trabajo a
CEPES, ATA, UPTA, CEAT, UATAE y FOPAE de nuevas leyes para
impulsar el emprendimiento, la economía social y fomentar las
sociedades laborales.
Entre las propuestas, se puede
destacar, la próxima Ley de actualización de la
normativa en materia de autoempleo y de fomento y promoción del trabajo autónomo y de la economía social, que ordena en el Estatuto
de Trabajo Autónomo y en la Ley de Economía Social los incentivos
en materia de empleo y seguridad social previstos para el autoempleo
y la economía social, con el objeto de proporcionar una mayor
transparencia y seguridad jurídica.
En esencia, la nueva norma refuerza y
aumenta los incentivos a los trabajadores autónomos. Merece especial
consideración la extensión a todos los grupos de edad de la posible
compatibilidad del cobro de la prestación con el inicio de una
actividad emprendedora durante un máximo de 9 meses. También se
abre a todos los autónomo la posibilidad de capitalizar, en un pago
único, hasta el 100% de la prestación por desempleo.
AFEMCUAL entiende que este cambio supone un refuerzo positivo
de las políticas activas de empleo en el ámbito de los
emprendedores. De ese modo, para poner en marcha una actividad por
cuenta propia, la prestación por desempleo se podrá utilizar de
tres formas: capitalizando el 100% en un único pago, capitalizando
sólo una parte y utilizar el resto para el abono de cuotas a la
seguridad social, o bien destinando el total de la prestación al
abono de las cuotas sociales.
Por otra parte, se extienden los
supuestos de la tarifa plana de 50 euros a las víctimas del
terrorismo y de la violencia de género, y se amplían los incentivos
que contemplaba para las personas con discapacidad.
Del mismo modo, se refuerzan los
mecanismos de “segunda oportunidad” utilizando como palanca la
propia prestación por desempleo, al permitir la reanudación del
cobro de la prestación hasta cinco años después de haber iniciado
una actividad por cuenta propia.
El texto incluye medidas para el
fomento de la contratación, entre las que destaca la autorización
para que los autónomos acogidos a la tarifa plana puedan contratar
sin perder los incentivos, al tiempo que se amplían los previstos
para los familiares colaboradores.
Por último, se refuerzan los
mecanismos de protección de los autónomos, especialmente para los
autónomos económicamente dependientes.
En materia de economía social, se
reconoce que ésta es una fuente de creación de empleo estable, y
además actúa como una importante plataforma de acceso al empleo
para aquellos que, por sus especiales circunstancias, encuentran
mayores dificultades de inserción laboral o que se encuentran en
riesgo de exclusión social. El objetivo de la Ley es seguir
avanzando en este ámbito, incluyendo medidas para facilitar la
incorporación de nuevos socios a las entidades de la economía
social, ampliando las bonificaciones que existían para los jóvenes
al tiempo que se crea una nueva para mayores de 30 años.
Asimismo, se reconoce a los Centros
Especiales de Empleo, a las empresas de inserción, a las
cooperativas y a las sociedades laborales, como entidades prestadoras
de servicios de interés económico general. También, se introduce
la participación de las empresas de inserción en los procedimientos
de adjudicación de contratos con reserva de participación en el
sector público (reserva de mercado), algo que hasta ahora se
limitaba a los Centros Especiales de Empleo.
Por último, el texto incluye
actuaciones para favorecer la inserción laboral de las personas en
riesgo de exclusión. Para ello, y con el objetivo de facilitar la
transición de los trabajadores desde las empresas de inserción a la
empresa ordinaria, se amplía la bonificación existente en las
cuotas empresariales por la contratación de dichos trabajadores.
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